Entran en aplicación en toda la UE los límites de PFAS para envases alimentarios
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- Entran en aplicación en toda la UE los límites de PFAS para envases en contacto con alimentos
Se ven afectados los fabricantes, importadores y distribuidores de envases en contacto con alimentos, desde cajas de pizza y bolsas de panadería hasta envases de carne y comida rápida. A partir de esta fecha, los productores deben demostrar el cumplimiento de las restricciones de sustancias y disponer de una declaración de conformidad. Al mismo tiempo se aplican definiciones armonizadas en toda la UE (entre otras, para fabricantes y productores) y requisitos de etiquetado para determinados envases.
El 12 de agosto de 2026 el núcleo del Reglamento de la UE sobre Envases y Residuos de Envases (PPWR, Reglamento (UE) 2025/40) pasa a ser directamente aplicable en todos los Estados miembros. La restricción del artículo 5, apartado 5, establece límites para las sustancias per- y polifluoroalquiladas en los envases en contacto con alimentos: 25 ppb por sustancia individual, 250 ppb para la suma de PFAS y 50 ppm para los PFAS poliméricos (cifras según los laboratorios de ensayo Mérieux NutriSciences e Intertek; el comunicado de prensa de la Comisión Europea del 11 de agosto de 2026 no ofrece cifras propias). La Comisión presenta las normas como una medida de protección del consumidor y del medio ambiente; Jessika Roswall, titular de Medio Ambiente en la Comisión Europea, las calificó de inversión en el futuro de Europa. Otras partes del reglamento —como las relativas a la reciclabilidad y a los envases de plástico de un solo uso de muy pequeño tamaño en hoteles y restauración— solo entran en vigor a partir de 2030.
Fuente: germany.representation.ec.europa.eu ↗ · Copia archivada ↗
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